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Monterrey, N.L. · cobertura nacional

Antiimss · Ruiz & Asociados
Oficina del despacho Ruiz & Asociados en Monterrey, Nuevo León

Cuentas congeladas por el IMSS y el INFONAVIT y el INFONAVIT

El banco dejó de responder y la nómina está en riesgo. Lo primero es detener el cobro; después se pelea el crédito que lo originó. Abogado en Monterrey, con cobertura nacional.

Servicio 01

¿Está en alguna de estas situaciones?

  • El banco le rechazó una transferencia o el pago de la nómina sin aviso previo.
  • Su banco le informó que una autoridad ordenó la inmovilización de la cuenta.
  • Recibió una cédula de liquidación que no impugnó y el cobro siguió avanzando.
  • Le notificaron un requerimiento de pago y embargo del IMSS o del INFONAVIT.
  • La empresa cambió de domicilio y no se actualizó el registro ante la autoridad.
  • Garantizó el crédito, pero la autoridad considera que la garantía es insuficiente.

Qué hacemos

  • Identificamos el crédito que originó la inmovilización y si ya quedó firme.
  • Solicitamos la suspensión del procedimiento administrativo de ejecución.
  • Gestionamos ante la institución y ante el banco la liberación de los saldos.
  • Revisamos si la inmovilización excede el importe del crédito y sus accesorios.
  • Impugnamos el crédito de origen por la vía que proceda.

Cómo se resuelve

Cómo se libera una cuenta inmovilizada

  1. Lectura del expediente y del aviso del bancoIdentificamos qué autoridad ordenó la inmovilización, qué crédito la origina y en qué fecha surtió efectos la notificación.
  2. Revisión de la procedenciaLa inmovilización procede sobre créditos firmes, o cuando el interés fiscal no está garantizado o la garantía es insuficiente (arts. 151, 156 y 156-Bis del CFF). Si no se actualiza ninguno de esos supuestos, el acto es combatible.
  3. Liberación de los saldosSe promueve la suspensión del procedimiento de ejecución y se acota la medida al importe del crédito y sus accesorios, que es el límite que fija la ley.
  4. Defensa del crédito de origenSegún la etapa en que esté: recurso de inconformidad ante el propio Instituto o juicio de nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

Cada etapa por escrito

Se le informa qué se presentó y qué respondió la autoridad, con copia de cada promoción. Los resultados dependen de las particularidades de cada expediente y no garantizan un resultado equivalente.

Cobertura

Defensa ante el IMSS e INFONAVIT en Monterrey y su zona metropolitana

El despacho trabaja desde Monterrey y atiende empresas de San Pedro Garza García, San Nicolás de los Garza, Guadalupe, Apodaca, Santa Catarina, General Escobedo, Juárez y Cadereyta, además de patrones del resto de Nuevo León.

La materia es federal: si su empresa está en otro estado, el asunto se lleva igual. La documentación se trabaja de forma remota y las diligencias se atienden ante la subdelegación o la sala regional que corresponda.

Oficina

Paseo de los Estudiantes 2101, Cumbres Segundo Sector, Monterrey, N.L.

Teléfono

81 4254 9351

Preguntas frecuentes

Lo que preguntan los patrones en esta situación

Si su duda no está aquí, pregúntela por teléfono: la primera valoración del documento no le cuesta.

¿Cuánto tarda en liberarse la cuenta?

Depende de la autoridad que ordenó la medida y del banco. El escrito se presenta de inmediato; el tiempo de respuesta varía en cada expediente y ningún despacho serio puede comprometerle una fecha.

¿Pueden inmovilizar más de lo que debo?

No. La medida procede hasta por el importe del crédito fiscal y sus accesorios, o hasta por la parte que la garantía ofrecida no alcance a cubrir (art. 156-Bis del CFF). Si abarca más, ese exceso es combatible.

¿Por qué me enteré por el banco y no por la autoridad?

La entidad financiera debe informar a la autoridad dentro de los tres días siguientes a la inmovilización, y la autoridad debe notificarle a usted en ese mismo término. Si esa notificación no ocurrió o fue tardía, es un vicio que se alega en la defensa.

¿Tengo que pagar el crédito para que me liberen el dinero?

No necesariamente. La suspensión busca detener el cobro mientras se impugna el crédito; pagar no es la única salida y, si el acto tiene vicios, tampoco la más conveniente.

Ya pasaron los 15 días, ¿perdí el caso?

No de entrada. Hay que revisar cómo y cuándo se practicó la notificación: si fue irregular, el plazo pudo no haber empezado a correr.

Resultados documentados

Casos reales, con la resolución a la vista

Cada expediente empieza con una cédula de liquidación del IMSS y termina con una resolución del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Estas son algunas, tal como quedaron en el expediente. Ábralas para leerlas completas.

Cédula de liquidación por $7,074,200.91 con suspensión provisional concedida

Crédito fiscal de $7,074,200.91

Suspensión provisional concedida

Cédula de liquidación por $6,956,858.02 con suspensión definitiva concedida

Crédito fiscal de $6,956,858.02

Suspensión definitiva concedida

Cédula de liquidación por $6,896,781.89 con suspensión provisional concedida

Crédito fiscal de $6,896,781.89

Suspensión provisional concedida

Cédula de liquidación por $6,714,943.74 con suspensión provisional concedida

Crédito fiscal de $6,714,943.74

Suspensión provisional concedida

Cédula de liquidación por $5,720,365.19 con suspensión provisional concedida

Crédito fiscal de $5,720,365.19

Suspensión provisional concedida

Cédula de liquidación por $5,104,012.45 con suspensión provisional concedida

Crédito fiscal de $5,104,012.45

Suspensión provisional concedida

Los resultados dependen de las particularidades de cada expediente y no garantizan un resultado equivalente.

Consulta inicial

Mándenos el documento y el aviso del banco

Con eso a la vista sabemos si procede la suspensión, qué recurso corresponde y cuántos días hábiles le quedan. Le respondemos con la ruta concreta, no con un presupuesto genérico.

Sus datos se usan únicamente para responder su consulta. Consulte el aviso de privacidad.